¿Qué papeles hay que llevar en el coche de forma obligatoria?

Debes llevar siempre el carné de conducir, el permiso de circulación, la ficha técnica del vehículo y el seguro en vigor

Siempre que vayas a conducir un vehículo por vías públicas tienes que llevar obligatoriamente una documentación determinada: la que te acredita como conductor y la documentación del propio vehículo. No disponer de estos documentos puede causarte un gran disgusto si te encuentras con un control o te ves involucrado en un accidente de tráfico. Por ello, a continuación vamos a realizar un repaso por todos los documentos que tienes que llevar siempre en el coche para evitar una multa indeseada.

Carné de conducir

Es fundamental que lleves el carné de conducir en vigor a la hora de ponerte al volante de un vehículo, puesto que este documento acredita que estás capacitado y autorizado para conducir. Dependiendo del tipo de vehículo que conduzcas tendrás un tipo de carné u otro: AM (ciclomotores), A1 (motocicletas hasta 125 cc), A2 (motocicletas limitadas a 35 kW), A (motocicletas y triciclos de motor), B (coches), B+E (coches con remolque con MMA superior a 3.500 kg), C1, C1+E, C y C+E (furgones y camiones), y D1, D1+E, D y D+E (autobuses).

Cabe destacar que solo están exentos de llevar el permiso de conducir los conductores novatos que se acaben de examinar. En su lugar, llevarán la autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico.

Actualmente, la Dirección General de Tráfico (DGT) está desarrollando una aplicación móvil que pretende sustituir en un futuro cercano al carné de conducir físico. No obstante, hasta que llegue este nuevo sistema, tienes que seguir llevando siempre el carné en la cartera.

Permiso de circulación

Este documento vincula a un vehículo con su propietario y en él se recogen los datos más importantes del vehículo (número de plazas, marca, modelo, tipo de vehículo, matrícula, fecha de matriculación, número de bastidor) y los datos personales del titular del automóvil. Es cierto que si no quieres llevar el documento original en el coche, puedes sustituirlo por una fotocopia debidamente compulsada.

Ficha técnica del vehículo

La tarjeta de inspección técnica o tarjeta de la ITV del vehículo es el tercer documento que debes llevar obligatoriamente siempre contigo a la hora de conducir, puesto que informa sobre todas las especificaciones técnicas del vehículo y sobre las posibles transformaciones legales que haya sufrido el automóvil. Junto a este documento es fundamental que lleves el último informe de la ITV, en caso de haberla pasado, y la pegatina de la ITV que se coloca en la esquina superior derecha del parabrisas.

Recibo del seguro del vehículo

Para poder circular en España es obligatorio contar con un seguro. Sin embargo, desde 2008 ya no es obligatorio llevar el recibo del seguro del vehículo encima, puesto que con la aparición del FIVA (Fichero Informativo de Vehículos Asegurados), las autoridades pueden consultar y comprobar de forma telemática en el mismo control si el vehículo está correctamente asegurado. De todas formas, la Dirección General de Tráfico recomienda llevar siempre el recibo con tal de facilitar los trámites.

Sanciones por no llevar los papeles

Estas son las sanciones a las que te puedes enfrentar si no llevas la documentación en regla:

  • Por no llevar el carné de conducir: 10 euros de multa.
  • Por llevar el carné de conducir caducado: hasta 200 euros.
  • Por conducir con el carné retirado: 500 euros de multa y la retirada de 4 puntos del carné.
  • Por no llevar el permiso de circulación: hasta 10 euros.
  • Por no llevar los datos del permiso de circulación actualizados: hasta 80 euros.
  • Por no tener permiso de circulación: 500 euros.
  • Por circular con la ITV caducada o desfavorable: hasta 200 euros.
  • Por circular con la ITV negativa: 500 euros.
  • Por circular sin seguro: inmovilización del vehículo y multa entre 601 y 3.005 euros.
https://neomotor.sport.es/conduccion/hay-que-comunicar-a-la-dgt-el-cambio-de-domicilio.html